Cortes de servicios ilegales y sus derechos
No. En California es ilegal que un arrendador corte su electricidad —o cualquier servicio esencial— para obligarlo a dejar su vivienda. Esto es cierto incluso si usted debe renta o el arrendador quiere que se vaya.
El Civil Code Section 789.3 de California prohíbe que los arrendadores corten o interfieran deliberadamente con servicios como la electricidad, el gas y el agua para presionar a un inquilino a que se vaya. También les prohíbe quitar puertas, cambiar cerraduras o llevarse sus pertenencias con ese propósito.
Si un arrendador infringe esta ley, se le puede responsabilizar por sus pérdidas reales, además de las sanciones adicionales que el estatuto permite por cada día que el servicio esté cortado. Estas tácticas de desalojo por "mano propia" no son atajos legales que eviten el proceso judicial formal que los arrendadores deben usar.
Si su arrendador cortó su electricidad o amenazó con hacerlo, anote qué ocurrió y cuándo. Esta es una violación grave, y una evaluación gratuita y confidencial puede explicarle cómo responsabilizar a su arrendador.
Esta es información general sobre los derechos del inquilino en California, no asesoría legal. Cada situación es diferente.