El deber del arrendador frente a sus propios aparatos
En California, su arrendador es por lo general responsable de mantener el sistema eléctrico del alquiler seguro y funcional. Esto forma parte del deber del arrendador de proporcionar una vivienda habitable conforme al Civil Code Section 1941.1.
Esa responsabilidad cubre el cableado del edificio, el panel eléctrico y los interruptores, los tomacorrientes y apagadores instalados de forma permanente, y cualquier luminaria que el arrendador provea. Si estos fallan por el uso normal o la antigüedad, el arrendador debe repararlos a su propio costo.
Usted suele ser responsable solo del daño que cause a propósito o por descuido grave, y de sus propios artículos que se enchufan, como lámparas, cables de extensión y electrodomésticos de su propiedad. Un arrendador no puede obligarlo a pagar por recablear o reparar el panel cuando eso forma parte del mantenimiento normal.
Si su arrendador se niega a atender una reparación eléctrica que claramente es su deber —especialmente una que involucra la seguridad— usted no tiene por qué aceptarlo. Una evaluación gratuita y confidencial puede ayudarle a entender quién es responsable y qué hacer a continuación.
Esta es información general sobre los derechos del inquilino en California, no asesoría legal. Cada situación es diferente.