Cuándo el acoso también es represalia
No. Cuando un arrendador responde a la actividad protegida de un inquilino con intimidación, amenazas u otra conducta abusiva, ese acoso puede ser en sí mismo una forma de represalia ilegal —además de cualquier protección separada contra el acoso—.
La represalia no solo toma la forma de aumentos de renta y avisos de desalojo. Un arrendador que empieza a intimidar a un inquilino, a hacer amenazas o a crear una situación de vivienda hostil porque el inquilino se quejó o hizo valer un derecho puede estar tomando represalias. El motivo —castigar al inquilino por defenderse— es lo que lo convierte en represalia ilegal, y la misma conducta puede violar también otras leyes de protección al inquilino.
Como este tipo de comportamiento a menudo se traslapa con reglas más amplias contra el acoso, los inquilinos en esta situación pueden tener varias protecciones a la vez, lo que puede fortalecer su posición.
Documente cada incidente con cuidado —las fechas, lo que pasó y cómo se relacionó con su actividad protegida— y guarde cualquier mensaje. Si su arrendador comenzó a acosarlo o intimidarlo después de que usted ejerció un derecho, eso es un asunto grave. Una evaluación gratuita y confidencial puede explicarle cómo las protecciones contra represalias y contra el acoso podrían aplicarse a su situación.
Esta es información general sobre los derechos del inquilino en California, no asesoría legal. Cada situación es diferente.