El ruido externo es tarea de la ciudad
Por lo general no, si la construcción está en una propiedad que su arrendador no posee ni controla. Un arrendador normalmente no es responsable del ruido que proviene de un proyecto vecino, de un negocio cercano o de obras públicas en la vía, porque no tiene autoridad sobre ese trabajo.
El ruido de construcción de una fuente externa es frustrante, pero por lo común se rige por reglas locales y no por su contrato de arrendamiento. Muchas ciudades limitan la construcción a ciertas horas y exigen permisos, así que si el trabajo ocurre en horarios prohibidos o viola las condiciones del permiso, la oficina municipal de cumplimiento del código o de ruido puede ser el lugar correcto para presentar una queja.
La situación es distinta solo si el trabajo ruidoso es el propio proyecto de su arrendador, o si su arrendador de algún modo controla la fuente; entonces entran en juego sus derechos de goce pacífico.
Así que el primer paso ante una construcción externa suele ser revisar las reglas locales de ruido y de horario de construcción y reportar las violaciones a la ciudad, no al arrendador. Si no está seguro de quién es responsable del ruido que afecta su vivienda, una evaluación gratuita y confidencial puede ayudarle a resolverlo.
Esta es información general sobre los derechos del inquilino en California, no asesoría legal. Cada situación es diferente.