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Sin Calefacción · Derechos del Inquilino en California

¿Debe el arrendador proporcionar calefacción central, o basta un calentador de pared o portátil?

Qué tipo de calefacción exige la ley

California exige instalaciones de calefacción adecuadas, pero no siempre exige calefacción central: un calentador de pared permanente o un sistema integrado puede ser aceptable, siempre que realmente pueda mantener el hogar razonablemente cálido y sea seguro.

La ley se centra en si la vivienda de alquiler tiene instalaciones de calefacción en buen estado de funcionamiento que puedan calentar la unidad a una temperatura apta para vivir, no en un tipo específico de sistema. Un calentador de pared o de zócalo integrado puede cumplir con eso. Depender de los calentadores portátiles del propio inquilino por lo general no cumple, porque eso traslada el deber del arrendador al inquilino.

Si la calefacción proporcionada no puede calentar el hogar, su tipo en realidad no importa: sigue siendo un problema que el arrendador debe reparar. Lo que cuenta es si la calefacción funciona y es segura. Si su calefacción integrada no puede mantener su hogar cálido y su arrendador no lo atiende, una evaluación gratuita puede ayudar.

Esta es información general sobre los derechos del inquilino en California, no asesoría legal. Cada situación es diferente.

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