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Sin Calefacción · Derechos del Inquilino en California

¿Hay una temperatura mínima a la que el arrendador deba calentar una vivienda en California?

Qué tan cálido debe poder poner su hogar la calefacción

California exige que las viviendas de alquiler tengan instalaciones de calefacción en funcionamiento, y muchos códigos locales establecen una temperatura interior mínima que la calefacción del arrendador debe poder alcanzar —a menudo alrededor de 68°F durante las horas del día, aunque varía según la ciudad.

El número exacto y las horas en que aplica pueden depender del código local, pero la idea básica es que el sistema de calefacción realmente debe poder calentar el hogar a una temperatura apta para vivir. Un calentador que funciona pero no logra calentar la unidad de forma razonable puede no cumplir con el estándar, sobre todo cuando la causa es un sistema defectuoso que el arrendador no ha reparado.

Si su calefacción no puede llevar el hogar a una temperatura apta para vivir, anótelo al reportarlo, ya que se trata de una verdadera preocupación de habitabilidad y no de una preferencia. Si su calefacción no puede mantener su hogar razonablemente cálido y su arrendador no lo repara, una evaluación gratuita puede ayudarle a entender sus opciones.

Esta es información general sobre los derechos del inquilino en California, no asesoría legal. Cada situación es diferente.

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