Cortes de servicios ilegales y las multas
No. Cortar sus servicios —electricidad, gas, agua o calefacción— para presionarle a irse es ilegal en California y es una forma reconocida de acoso del arrendador.
La Civil Code Section 789.3 prohíbe específicamente que un arrendador corte o interfiera deliberadamente con los servicios para obligar a un inquilino a irse, incluso cuando se debe renta. También prohíbe quitar puertas, cambiar cerraduras o tomar las pertenencias de un inquilino con ese fin. Cuando un arrendador infringe esta ley, se le puede responsabilizar por las pérdidas reales del inquilino más las multas adicionales que la ley permite por cada día que el servicio esté cortado.
Esto aplica ya sea que el arrendador corte físicamente un servicio, deje de pagar a propósito una factura de la que es responsable, o interfiera de otro modo para hacer que su hogar sea inhabitable.
Perder los servicios puede volver un hogar inseguro rápidamente, así que esto debe tomarse en serio. Si su arrendador ha cortado o amenazado con cortar sus servicios, anote qué ocurrió y cuándo. Una evaluación gratuita y confidencial puede explicarle cómo responsabilizar a su arrendador y qué compensación puede estar disponible.
Esta es información general sobre los derechos del inquilino en California, no asesoría legal. Cada situación es diferente.