Las leyes que hacen ilegal el acoso
Sí. La ley de California prohíbe muchas formas de acoso del arrendador, y un arrendador que cruza la línea puede enfrentar consecuencias reales, incluidos daños económicos y multas.
Varias leyes trabajan juntas aquí. La Civil Code Section 1940.2 prohíbe a los arrendadores usar fuerza, amenazas, intimidación (menace) o fraude para tratar de hacer que un inquilino se mude, y violar gravemente las reglas sobre la entrada al hogar de un inquilino. La Civil Code Section 789.3 prohíbe cortar los servicios o cerrarle el paso a un inquilino para obligarlo a irse. La Civil Code Section 1942.5 protege a los inquilinos contra represalias por ejercer sus derechos. Muchas ciudades también tienen sus propias ordenanzas contra el acoso de inquilinos con protecciones adicionales.
Estas leyes existen porque un arrendador debe usar el proceso legal adecuado, no la intimidación ni las tácticas de «mano propia» (self-help), para tratar con los inquilinos.
Cuando un arrendador viola estas reglas, los inquilinos pueden tener derecho a compensación y multas legales, y la conducta abusiva a veces puede acarrear otras consecuencias legales también. Si cree que su arrendador le está acosando, una evaluación gratuita y confidencial puede explicarle sus derechos y qué remedios pueden estar disponibles.
Esta es información general sobre los derechos del inquilino en California, no asesoría legal. Cada situación es diferente.