Cuando el acoso sustenta una demanda
Sí, en muchos casos. Cuando un arrendador incurre en acoso ilegal, los inquilinos de California a menudo pueden presentar reclamos legales y pueden tener derecho a daños económicos y multas.
Según la conducta, los reclamos pueden surgir bajo leyes como la Civil Code Section 1940.2, que aborda el uso de fuerza, amenazas o fraude para hacer que un inquilino se vaya y las violaciones graves de las reglas de entrada; la Civil Code Section 789.3, por cierres ilegales y cortes de servicios; y la Civil Code Section 1942.5, por represalias. Muchas ordenanzas municipales contra el acoso agregan más reclamos y multas. Algunas de estas leyes establecen multas fijas por violación además de sus daños reales.
Si el acoso involucró discriminación, amenazas sobre el estatus migratorio, o le causó daño emocional o económico, pueden aplicar reclamos y remedios adicionales. La fuerza de un caso depende de la conducta, el patrón y su documentación.
Como estos reclamos pueden involucrar varias leyes superpuestas y multas considerables, la orientación profesional le ayuda a buscar todo lo que se le pueda deber. Si cree que su arrendador le ha acosado, una evaluación gratuita y confidencial puede analizar sus hechos y explicarle qué reclamos pueden estar disponibles.
Esta es información general sobre los derechos del inquilino en California, no asesoría legal. Cada situación es diferente.